Compensaciones Retroactivas de Pensiones
Con 56 años de retraso, la Agencia Tributaria se ve obligada a corregir un error en las cotizaciones de los trabajadores que estuvieron afiliados a las antiguas mutualidades laborales entre 1967 y 1978. Estos trabajadores, que ejercieron en sectores como la banca, la construcción , la metalurgia o el comercio, tributaron un 100% para las futuras pensiones cuando, en realidad, sólo les correspondía un 75%. Ahora, como pensionistas, tienen derecho a reclamar una devolución del IRPF, con una estimada estimación entre 2.000 y 4.000 euros mediante una declaración complementaria.
El Camino Hacia la Compensación
La sentencia 255/2023 del Tribunal Supremo ha dado la razón a los jubilados, permitiéndoles solicitar esta devolución en su impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Esta sentencia, inicialmente relacionada con la Mutualidad Laboral de Banca, se ha extendido a todos los trabajadores que tenían derecho a prestaciones de jubilación o incapacidad durante el mismo período. Además, se estableció que los hijos de los jubilados también tienen derecho a la devolución si no han transcurrido más de cuatro años desde la muerte del jubilado.
Implicaciones y Futuro
La sentencia se basa en la Ley del IRPF 35/2006, que establece que sólo el 75% de las prestaciones por jubilación o invalidez deben integrarse en la base imponible del impuesto. Esto afecta también a funcionarios públicos como policías o profesores que cotizaron a las antiguas mutualidades. Es importante destacar que las compensaciones sólo pueden solicitarse en las declaraciones de los últimos cinco años, hasta 2022, y que la rebaja fiscal se aplicará en las declaraciones tributarias futuras, con un ahorro estimado entre 500 y 1.200 euros.