El Tribunal Supremo avala la tributación de las donaciones en la declaración de la Renta

Apoyo del Tribunal Supremo a la Decisión de Hacienda y del Tribunal Económico Administrativo Central

El Tribunal Supremo ha apoyado la decisión de Hacienda y del Tribunal Económico Administrativo Central en relación con la tributación de las donaciones en la declaración de la Renta. Este apoyo se refiere a la posibilidad de compensar las pérdidas patrimoniales en donaciones con otras ganancias en el IRPF. Esta decisión tiene importantes implicaciones en la tributación de las donaciones y ha generado diversas interpretaciones según el caso.

Implicaciones por Donantes y Donatarios

En el caso de una vivienda, las participaciones de un fondo o las acciones, el donatario debe presentar el impuesto de sucesiones y donaciones, mientras que el donante debe hacer lo mismo en el IRPF por la posible ganancia patrimonial, como si los hubiera vendido. Esto implica que las donaciones pueden tener repercusiones significativas en la tributación tanto del donante como del donatario.

Interpretaciones del Tribunal Supremo y del TSJ de Valencia

El Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana han mostrado diferentes interpretaciones sobre la tributación de las donaciones. Mientras el Tribunal Supremo toma de forma literal lo que dice el artículo 33.5 c de la Ley de IRPF, el TSJ de Valencia ha interpretado el término ‘debidas’ ampliando su contexto. Estas interpretaciones han generado un debate sobre cómo calcular las ganancias o pérdidas patrimoniales en las transmisiones onerosas y lucrativas.

Efectos en la Declaración de la Renta

A consecuencia de la sentencia del Tribunal Supremo, ya no puede imputarse como pérdida patrimonial una donación que esté por debajo del valor de compra en la declaración de la Renta. No obstante, sí que se debe imputar como ganancia, tributando a ella, si la donación está por encima del valor. Esta situación también afecta a la tributación de la venta de objetos de segunda mano, como un coche, y requiere especial atención a la presentación de la declaración de la Renta ante Hacienda.

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