Las Varias Formas de Incapacidad Permanente
La Seguridad Social ofrece diversas prestaciones vitales para muchas personas, incluyendo pensión de jubilación, viudedad u orfandad, así como ayudas para aquellos con incapacidad permanente. Esta última está destinada a personas que, a causa de accidentes o enfermedades, no pueden ejercer sus funciones laborales como antes. Los beneficiarios tienen distintos grados de incapacidad en función de la gravedad, que incluyen la parcial, total, absoluta y de gran invalidez.
Los Diferentes Grados de Incapacidad
La incapacidad permanente parcial se refiere a una disminución no inferior al 33% en el rendimiento laboral, mientras que la total impide por completo las funciones laborales. Por otra parte, la absoluta deja a la persona incapacitada para cualquier profesión, y la gran invalidez se acredita cuando la persona necesita asistencia para las actividades más básicas.
Cuantía de la Pensión de Incapacidad Permanente
La cuantía de esta pensión vendrá determinada por la base reguladora y el porcentaje aplicado según el grado de incapacidad permanente. Por ejemplo, una incapacidad permanente parcial se compensa con una indemnización a tanto alzado (pago único) que corresponde a 24 mensualidades. La incapacidad permanente total equivale al 55% de la base reguladora y, a partir de 55 años, este porcentaje aumenta un 20%.
Ejemplo de Cálculo
Para ilustrarlo, tomamos el caso de una persona con base reguladora de 2.000 euros. En ese caso, la pensión sería de 1.100 euros (55%). Cuando cumpla los 55 años, esta cantidad aumentaría a 1.500 euros (75%). Las personas con incapacidad permanente absoluta perciben el 100% de la base reguladora, mientras que aquellos en situación de gran invalidez reciben un complemento adicional.
Límites Cuantitativos e Implicaciones Futuras
La Seguridad Social ha establecido un límite en cuanto a los importes máximos a percibir. Un beneficiario de cualquier tipo de pensión contributiva no podrá ganar más de 3.175 euros mensuales ni una cantidad superior a 44.450,6 euros al año. Además, muchos beneficiarios tienen dudas sobre lo que ocurrirá cuando lleguen a la edad mínima de jubilación. Según la Ley de la Seguridad Social, no es posible recibir las 2 pensiones, y se asignará de forma automática la prestación de mayor cuantía.