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Reclamación de prestaciones por desempleo después de una defunción: lo que hay que saber

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Entender los derechos de los herederos ante la muerte de un beneficiario

La pérdida de un ser querido es un momento difícil, ya menudo se plantean preguntas sobre los derechos económicos que quedan pendientes. Cuando una persona que recibe prestaciones por desempleo muere, sus familiares pueden tener derecho a reclamar una parte del dinero no percibido. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha esclarecido esta situación, ofreciendo orientaciones sobre cómo proceder.

¿Qué significa realmente ‘heredar’ el paro?

Contrariamente a lo que algunos podrían pensar, no se trata de un derecho a heredar el importe total de la prestación por desempleo. En realidad, los herederos pueden solicitar sólo la cantidad proporcional que se había generado hasta el momento de la defunción. Por ejemplo, si la persona muere el día 15 de un mes, los familiares tendrán derecho a recibir el dinero acumulado hasta esa fecha, pero no el total que correspondería a los meses posteriores.

¿Quién tiene derecho a reclamar estas cantidades?

Los herederos legales son los únicos con derecho a realizar esta reclamación. Esto incluye tanto a los herederos forzosos, como a los hijos, cónyuges o padres, como aquéllos designados en un testamento. Si no existe testamento, los familiares más cercanos pueden presentar una declaración de herederos para acreditar su derecho. En ambos casos, es importante demostrar la relación familiar o condición de heredero.

Documentación necesaria para la reclamación

El proceso para obtener cantidades pendientes es accesible. Los herederos deben acudir a una oficina del SEPE o gestionar la solicitud online. Para completar la solicitud, es necesario presentar documentos como el certificado de defunción, el testamento o la declaración de herederos, así como cualquier documento que justifique su parentesco.

Aspectos a considerar durante el proceso

Un punto importante es que los herederos no reciben indemnización adicional alguna ni pueden seguir cobrando el paro completo que la persona difunta hubiera recibido. Sólo podrá reclamarse la cantidad que queda pendiente en el momento de la muerte. Asimismo, es recomendable que los familiares actúen con celeridad para evitar complicaciones administrativas, puesto que, aunque no existe un plazo fijo, un proceso rápido facilitará una resolución más eficiente.

Reflexión final sobre la gestión de prestaciones por desempleo en casos de fallecimiento

La gestión de herederos y prestaciones por desempleo puede ser un tema complejo, pero conocer los derechos y procedimientos adecuados es fundamental para evitar malentendidos. La información clara y la rapidez en las gestiones pueden hacer gran diferencia en un momento tan delicado.

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