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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña aplica la ley de amnistía en varios casos

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El TSJC comienza a aplicar la ley de amnistía

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), presidido por Jesús María Barrientos, ha iniciado la aplicación de la ley de amnistía, que ha entrado en vigor recientemente después de su publicación en el BOE. En este sentido, el TSJC ha solicitado a la Fiscalía, acusaciones y defensas que se pronuncien en un plazo de 10 días sobre la posible aplicación de esta norma en cinco casos concretos relacionados con la consulta del 9-N de 2014 y el referéndum del 1-O del 2017. Esta decisión se ha tomado en el marco de la nueva normativa, consensuada por el PSOE con Junts y ERC, que establece que los jueces y tribunales deben realizar esta primera consulta antes de ejecutar ninguna acción.

Los casos en cuestión

Los casos en los que se ha solicitado esta consulta incluyen la causa del 9-N contra el presidente Artur Mas y las exconsejeras Joan Ortega e Irene Rigau, así como la condena al presidente Quim Torra por desobediencia y el exalcalde de Agramunt Bernat Solé por el 1-O. También se ha pedido pronunciarse sobre el caso del ex diputado de la CUP Pau Juvillà. Aunque en estos casos se ha cumplido la condena, el TSJC debe decidir sobre el sobreseimiento y exoneración de las personas implicadas, como si los hechos no hubieran existido.

El juicio pendiente con malversación

Además de estos casos, el TSJC también está evaluando el juicio pendiente por malversación en relación al 1-O, que afecta a los excargos de ERC Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga. La Fiscalía Superior de Catalunya acusa a Jové y Salvadó del delito de malversación de fondos agravada, pese a la reforma de este delito impulsada por ERC para rebajar el castigo en casos en los que la persona no se haya enriquecido.

La ley de amnistía y la jurisprudencia

La ley de amnistía establece que serán amnistiados los acusados ​​de malversación que no se hayan enriquecido. Sin embargo, la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que ‘enriquecimiento es todo acto ilícito’, y por tanto, para los fiscales del Supremo, la malversación del 1-O no es amnistiable. Esto condicionará la decisión del TSJC sobre este delito, y se prevé que el Tribunal Supremo pueda realizar una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la amnistía de la malversación.

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